Cobra durante 15 años la pensión de jubilación de su padre fallecido aprovechándose de un error administrativo

Tribunales

El Tribunal Supremo ha impuesto para el acusado una pena de 2 años de cárcel además del pago de una multa de 400.000 euros y más de 230.000 euros al Instituto Social de la Marina

El edificio del Tribunal Supremo, donde tenía que haber asistido a declarar la exconsellera y eurodiputada de Junts Clara Ponsatí, a 24 de abril de 2023, en Madrid (España). Ponsatí estaba citada para que el instructor del 'procés', el magistrado Pablo Llarena, le tomase declaración como procesada por un presunto delito de desobediencia por el 1-O, pero no ha acudido a su cita, justificando su ausencia en que tenía trabajo en el Parlamento Europeo. La eurodiputada fue citada a declarar después de que el pasado 28 de marzo se presentara en Barcelona desoyendo su obligación de comparecer ante la sede judicial para que Llarena pudiera comunicarle su procesamiento, tomarle declaración y continuar así con el procedimiento penal, paralizado hasta entonces por encontrarse prófuga en Bruselas.

El edificio del Tribunal Supremo, donde se ha juzgado este caso

Alberto Ortega - Europa Press / Europa Press

El Tribunal Supremo ha condenado a un hombre a 2 años de cárcel tras descubrir que el acusado había cobrado la pensión de jubilación de su padre fallecido durante 15 años aprovechándose de un error administrativo. El hombre ha sido condenado también a pagar una multa de 400.000 euros y más de 230.000 euros al Instituto Social de la Marina. Así se desprende de la información publicada por Sur.

El error administrativo en cuestión, tal y como detalla el citado medio, se dio en la Seguridad Social. Y es que el acusado constaba como cotitular de la cuenta bancaria de sus padres y, al no comunicar el fallecimiento de su padre, cobró durante más de una década la pensión mensual que la administración ingresaba en dicha cuenta.

Según recogen la sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso Sur, el padre del condenado recibía una pensión por jubilación desde 1992, cuando el Instituto Social de la Marina se la reconoció. Se abonaban 14 pagos anuales en una cuenta bancaria de la Caja General de Ahorros de Canarias (Caja Canarias) en la que también figuraba como titular su esposa.

Sin comunicarlo a nadie

El hijo del fallecido cobró hasta más de 300.000 euros hasta que el banco se dio cuenta del error

Tras el fallecimiento del hombre, su esposa se presentó en el Instituto Social de la Marina para solicitar la prestación que le corresponde por el fallecimiento de su marido. Entonces aportó el certificado de defunción de su esposo. Allí le reconocieron el derecho a cobrar una pensión de viudedad y el Instituto Social de la Marina empezó a abonar esta cantidad en la misma cuenta.

Sin embargo, por su parte, la Seguridad Social no dejó de abonar la pensión de jubilación del hombre, así que la cuenta bancaria empezó a recibir las dos prestaciones a la vez. Más tarde, el hijo de la pareja se incorporó como titular de la cuenta bancaria de sus padres. A partir de ese momento, el acusado era el único que gestionaba la cuenta, por lo que debió darse cuenta de que se estaba ingresando más dinero del que se debería. Pero decidió no comunicarlo a nadie.

“Lejos de abstenerse de cobrar la pensión, dispuso de ella, procurándose un ilícito enriquecimiento patrimonial, en particular desde el fallecimiento de su madre, pues desde dicho momento el único ingreso en la cuenta referida era el de la pensión de jubilación”, revela la sentencia del Supremo. El acusado gastaba el dinero de la pensión en la compra de alimentación, ropa, calzado, joyería, ocio, restauración, combustible, electrodomésticos, tabaco y suministros de electricidad, agua y telefonía. También retiró dinero en efectivo en varias ocasiones.

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Incluso después del fallecimiento de su madre en 2005, el hombre siguió cobrando ambas prestaciones sin comunicarlo a la administración. Estos pagos se dieron durante años hasta que el 6 de julio de 2015, cuando el banco mejoró sus sistemas de control, se dio cuenta de lo que estaba sucediendo. Tras descubrir que el beneficiario de la pensión llevaba 15 años fallecido, el banco se lo comunicó al Instituto Social de la Marina.

En ese momento, la cantidad total de dinero ingresado de forma indebida ascendía ya a 317.465,19 euros, asegura el citado medio. De esta cantidad, el banco, que no cumplió con la obligación de asegurarse que el titular de la pensión seguía con vida, devolvió a la Seguridad Social 79.682,36 euros.

El acusado fue condenado por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife a dos años de prisión, más una multa de 400.000 euros, pero apeló asegurando que su madre había notificado la defunción de su padre. El Tribunal Superior de Justicia de Canarias revocó la condena y lo absolvió del delito al considerar que no había cometido fraude y que solo se había beneficiado de un error administrativo que no fue corregido por la Seguridad Social.

Sin embargo, el Instituto Social de la Marina no aceptó esta resolución y presentó un recurso de casación ante el Tribunal Supremo. El nuevo fallo reconoce la negligencia de la Seguridad Social, pero también culpa al acusado de agravar el problema con su silencio, por lo que ha avalado la primera condena.

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